04-08-2020 | Formosa

El DNU nacional que prohíbe las reuniones sociales y familiares tiene plena vigencia en la provincia







El Consejo de Atención Integral de la Emergencia COVID-19, anunció que fue publicado en el Boletín Oficial el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 641/20 del Poder Ejecutivo Nacional por el cual se prorrogan las medidas del “distanciamiento social, preventivo y obligatorio” para las provincias que tienen determinados parámetros epidemiológicos y sanitarios, entre las cuales se encuentra la provincia de Formosa.

En ese sentido, comunicaron que dicha norma reitera que en atención a las “condiciones epidemiológicas” y a la “evaluación del riesgo”, las autoridades provinciales podrán dictar normas “con el fin de evitar situaciones que puedan favorecer la propagación del virus”.

En ese contexto, y habiendo analizado la evaluación del riesgo epidemiológico correspondiente, el Consejo de Atención Integral de la Emergencia COVID-19 ratificó la vigencia de todas las medidas sanitarias dispuestas hasta la fecha para todo el territorio provincial, con el fin de evitar la propagación del virus en la población formoseña.

Además, el decreto nacional mencionado, establece nuevas prohibiciones hasta el domingo 16 de agosto inclusive, que tienen plena vigencia en todo el país y, por ende, en todo el territorio provincial.

Se incluyen, entre otras, las siguientes restricciones:

- Prohibición de eventos sociales o familiares en espacios cerrados y en los domicilios de las personas, cualquiera sea el número de concurrentes, salvo el grupo conviviente, debiendo ser denunciada cualquier violación a la presente en base a los artículos 205 y 239 de Código Penal.

- Prohibición de la reunión de personas en todos los ámbitos de trabajo para momentos de descanso, esparcimiento, comidas o cualquier otra actividad que se realice en espacios cerrados sin el estricto cumplimiento de la distancia de 2 metros entre los concurrentes y sin ventilación adecuada del ambiente.
- Prohibición del turismo.




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