12-10-2026 | Formosa

LAS FIESTAS DE EGRESADOS O EVENTOS PRIVADOS CON LISTAS CERRADAS SEA UN QUINCE, BODA, EVENTOS EMPRESARIALES, NO DEBEN PAGAR SADAIC, NI AADI, NI CAPIF








-No se debe pagar SADAIC, AADI_ CAPIF en las fiestas de egresados. Si el Salón o la Empresa Organizadora, lo exigen en la factura o el contrato, se debe realizar la denuncia-

El Defensor del Pueblo de la Provincia de Formosa, Dr. José Leonardo Gialluca, señaló que, distintos grupos de padres y estudiantes, se acercaron a la Institución y además, se comunicaron mediante nuestros correos electrónicos, para ser asesorados respecto a si las fiestas de egresados que se llevarán a cabo en los próximos meses, deben pagar SADAIC (Sociedad Argentina de Autores y Compositores), AADI (Asociación Argentina de Intérpretes) o CAPIF (Cámara Argentina de la Música Grabada). El Funcionario Provincial, recordó que, en los años 2024 y 2025, se produjo una serie de interpretaciones antojadizas frente a lo establecido por el Decreto Nº 765/24 que modificó la reglamentación de la Ley N° 11.723 de Propiedad Intelectual en Argentina, limitando el pago de derechos de autor (como SADAIC, AADI o CAPIF). Actualmente, en fecha 8 de junio del corriente año, AADI, CAPIF, ACR (Asociación Civil Recaudadora), se disolvió y se encuentra en proceso de liquidación, por lo que, dicha entidad, ha cesado en el desarrollo de su actividad recaudatoria y no existe nadie autorizado ni habilitado para gestionar el cobre de aranceles por comunicación pública de fonogramas, no obstante, hemos tomado conocimiento que estas Instituciones están construyendo una nueva estructura recaudadora para retomar el cobro, pero siempre ahora, bajo los nuevos parámetros legales vigentes. A esto se suma la Causa Judicial “Biella S.R.L. y otros c/ SADAIC y otros s/ Demanda Meramente Declarativa – Ordinario, que tramitó en el Juzgado de Primera Instancia del Distrito en lo Civil y Comercial de la 6ta. Nominación de la Provincia de Santa Fe, en fecha 3 de junio de 2026, donde se dictó una Sentencia estableciendo que, la “Ejecución Pública” exige que un evento se realice en un espacio de acceso libre y dirigido a una pluralidad de personas, en el caso de ser fiestas privadas con acceso restringido, únicamente a invitados, egresados y familiares, la actividad no constituye “ejecución pública” y por lo tanto, no están obligados a pagar SADAIC. En este sentido, desde el Organismo de la Constitución, se informó la postura y accionar de la -Federación Argentina de la Industria de los Eventos- desde donde explicaron qué deben hacer los organizadores, si un salón les exige pagar estos aranceles, en una fiesta privada. En este contexto, María José Oliva, Presidenta de la Federación, explicó que este tema se encuentra atravesado por el Decreto 765/2024, publicado en agosto de 2024 y por distintas acciones judiciales, por lo que, las fiestas privadas no tienen que abonar estos aranceles. Gialluca, recordó que judicialmente continuamos en los Estrados Provinciales, litigando para que “sea la justicia quien aclare y defina el alcance y comprensión de las normativas vigentes”, este resultado será dado a conocer oportunamente. Reiteró que, los eventos privados realizados en “espacios privados y con listas cerradas” no deben pagar estos derechos. En el caso de que algún salón de fiesta exija o pretenda el cobro de estas tasas, recomendó realizar una denuncia ante la Defensoría del Pueblo o la Subsecretaria de Defensa al Consumidor y Usuario de la Provincia de Formosa, a su vez, la Federación Argentina de la Industria de los Eventos sostienen que ni el organizador de una fiesta privada ni el salón deben afrontar actualmente estos aranceles cuando se trata de eventos privados con lista cerrada.
El Funcionario también cuestionó las situaciones en las que los salones trasladan a los clientes el costo, ante las presiones que, según indicó, continúan recibiendo por parte de las entidades. Para quienes tengan dudas o quieran consultar una situación particular, se pueden contactar con la Defensoría del Pueblo, personalmente en Padre Patiño Nº 831 de lunes a viernes en horarios de 8 a 13 y 18 a 20 hs o a los correos electrónicos Institucionales denuncia@formosa.gov.ar – depuefor@fibertel.com.ar.



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