El Juzgado Federal N° 2 de Formosa resolvió rechazar la acción de amparo presentada por autoridades académicas de la Universidad Nacional de Formosa (UNaF), que cuestionaban una resolución dictada por el Rectorado vinculada a la reorganización del sistema económico-financiero de la institución.
La causa fue iniciada por los consiliarios y decanos Alfredo Rafael Olmedo, María Rosa Sanabria y Carlos Aníbal Martínez, quienes solicitaron la nulidad de la Resolución N° 0318/2026. Los actores argumentaron que la medida centralizaba funciones en el Rectorado que, según su interpretación, excedían las facultades establecidas en el reglamento interno, afectando además la autonomía universitaria.
En su presentación, también pidieron el cese inmediato de los efectos de la resolución, la restitución de personal técnico y la rehabilitación de firmas ante entidades bancarias, al considerar que las decisiones se habrían ejecutado sin el debido procedimiento administrativo.
Sin embargo, la Justicia entendió que la acción de amparo no era la vía adecuada para analizar el planteo. En ese sentido, la magistrada señaló que este tipo de recurso es de carácter excepcional y sólo procede cuando no existe otro medio judicial idóneo.
El fallo destacó que la legislación vigente, particularmente la Ley de Educación Superior N° 24.521, prevé mecanismos específicos para la revisión de actos emanados de autoridades universitarias, como el recurso de apelación ante la Cámara Federal correspondiente.
En función de ello, el tribunal concluyó que no se encontraban reunidos los requisitos necesarios para la procedencia del amparo, ya que existe una vía legal alternativa para canalizar el reclamo.
Por estos motivos, el Juzgado Federal N° 2 resolvió rechazar “in limine” la acción interpuesta, es decir, sin analizar el fondo de la cuestión.
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