El Defensor del Pueblo de la Provincia de Formosa, Dr. José Leonardo Gialluca, informó que la Cámara Federal de Resistencia, con la unanimidad de los votos de las Juezas Dras. Rocío Alcalá, Patricia B. García y Enrique Jorge Bosch, rechazaron “la apelación interpuesta por el Estado Nacional y la Ex ANDIS, hoy Secretaria de Discapacidad, que buscaban hacer caer y dejar sin efecto los beneficios obtenidos a miles de personas con discapacidad en la Provincia de Formosa, que en su momento de manera retroactiva cobraron sus depósitos y lo continuarán haciendo”. Igualmente, la Cámara Federal, dejo firme las prórrogas a fin de que todos aquellos beneficiarios que aún no presentaron sus estudios médicos o historias clínicas que prueben sus discapacidades puedan hacerlo, sin problemas, por lo cual, Gialluca, volvió a reiterar que cumplan con estos puntos y ante cualquier duda se acerquen por la Defensoría del Pueblo o la Dirección de Discapacidad que depende del Ministerio de la Comunidad y/o Municipios en el interior provincial. Gialluca, resaltó la contundencia y claridad de la Cámara al negarle al Estado Nacional “su pretensión maliciosa de que esta causa sea remitida al Juzgado Federal Nro. 1 de Catamarca para que sean resueltas todas al mismo tiempo”. El fallo de Resistencia contrasta abiertamente con lo resuelto por la Cámara de Tucumán en febrero de este año en la causa originada en Catamarca. En esa ocasión, el tribunal tucumano revocó el fallo del Juzgado Federal N° 2 de Catamarca —que había ordenado la restitución inmediata de pensiones suspendidas— al considerar que el Defensor del Pueblo provincial carecía de legitimación para litigar contra organismos nacionales, y que las situaciones individuales de los beneficiarios no eran homogéneas como para habilitar una demanda colectiva bajo la doctrina del fallo "Halabi". La resolución obligó a cada beneficiario a iniciar su propio reclamo por separado. La Cámara de Resistencia, en cambio, rechazó ese argumento. Señaló que el amparo es la vía más apta para restaurar los derechos constitucionales en juego y que remitir a los afectados a un procedimiento ordinario constituiría un ritualismo inútil. También descartó que el Poder Judicial haya invadido el ámbito de los otros poderes, al señalar que se limitó a dar solución a la problemática planteada, con la convicción de que cuando la Constitución reconoce derechos lo hace para que resulten efectivos y no meramente ilusorios. La contradicción entre ambos tribunales sobre el mismo tipo de causa puede ser decisiva para que la Corte Suprema avoque la cuestión. En la causa de Catamarca, las asociaciones habían anticipado que acudirían a la Corte mediante un recurso extraordinario federal. El nuevo fallo de Resistencia les da un argumento adicional: existe jurisprudencia contradictoria entre cámaras federales sobre un tema de derechos fundamentales que afecta a miles de beneficiarios en todo el país.
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