-Gialluca señaló que, el programa de pensiones, mal llamadas por “invalidez laboral” es una política de transferencia de ingresos, destinada a paliar las desigualdades estructurales que enfrentan las personas con discapacidad en Argentina. En septiembre de 2024 se modificó el decreto que las regula, cambiando los requisitos para acceder a ellas y previendo nuevas obligaciones para sus beneficiarios (como la de notificar el cambio de domicilio) y nuevas causales de suspensión. Se reinstalaron en esta reforma condiciones que habían sido declaradas inconstitucionales por la justicia y se habilitó la baja en aquellos casos en los que no se pudiera citar a las personas para evaluar su derecho a percibir esta prestación debido a inconsistencias en sus domicilios declarados o a causas imputables a ellas, con esto, las Auditorías tuvieron graves irregularidades que originaron la violación del derecho de defensa de las personas y llevaron a suspensiones injustas-
El Defensor del Pueblo de la Provincia de Formosa, Dr. José Leonardo Gialluca, dio a conocer un nuevo Fallo dictado esta semana por el Juzgado Federal Nº 2 a cargo de la Dra. María Belén López Macé, Secretaria de la Dra. María Lucrecia Gallardo y mediante el cual, se hizo lugar a una petición de, un numeroso grupo de beneficiarios de pensiones no contributivas de nuestra jurisdicción, acompañados por la -Asociación Civil Camino Azul TEA Formosa-, quienes por distintos motivos aún no han podido completar todos los estudios y antecedentes médicos que hacen a la justificación de discapacidades y que continúan siendo exigidos desde la ANDIS, toda vez que, los turnos de especialistas y otros, se otorgan, con espera de varios meses, sumado a que, en el sector privado, los gastos que demandan los mismos son impagables para este colectivo de personas, requiriéndose que vencido el plazo de tres (3) meses otorgados oportunamente, se conceda una prórroga en base a los antecedentes descriptos. De esta manera, con la finalidad de que todas las personas con discapacidad tengan la oportunidad de regularizar la situación administrativa que corresponda de manera particular y/o en su caso, efectuar las presentaciones judiciales de manera individual a los fines del correcto análisis y resolución por la ANDIS, la Justicia Federal resolvió conceder una prórroga de la Medida Cautelar dictada el 19 de agosto de 2025 por el plazo adicional de tres (3) meses. Todo ello en el entendimiento de que la prórroga de Medidas Cautelares, resulta procedente cuando subsisten los presupuestos que justificaron su dictado, en especial cuando se hayan comprometido derechos sociales esenciales, cuya interrupción podría generar un perjuicio irreparable o de muy difícil reparación ulterior, tornándose ilusoria la decisión que se dicte en la sentencia definitiva. Por otra parte, teniendo en consideración la ausencia de información idónea que demuestre la superación del cuadro que motivó la cautelar, hizo procedente que se otorgue la prórroga a fin de evitar la frustración de los fines que persigue la Acción de Amparo principal, la cual, se encuentra a despacho para el dictado de sentencia. Por último, el Ombudsman Provincial, “rechazó en todos sus términos el descargo notificado a este Organismo de la Constitución, por el -Director de Despliegue Territorial y Acceso a Beneficios- de la ANDIS, Dr. Santiago Nazar Anchorena”, considerando que el Funcionario Nacional, afirma maliciosamente que, las suspensiones o bajas de los beneficios se dieron por la falta de comparecencia de los beneficiarios y que la ANDIS siempre resguardó el debido proceso en todo el curso de las Auditorías Médicas, otorgando siempre accesibilidad y un trato digno a las personas, sumado al funcionamiento de la “supuesta Oficina de la ANDIS en Formosa” con la vigencia de canales Institucionales virtuales que el Gobierno Nacional afirman, se encuentran operativos para atender consultas y solicitudes de las personas con discapacidad o sus representantes, manteniendo la cercanía y el acompañamiento permanente. Gialluca rebatió cada uno de los puntos notificados, siendo que a nivel país y en nuestra provincia, las personas con discapacidad no fueron notificadas fehacientemente y aquellas que recibieron alguna Carta Documento, se las intimaba a concurrir a ciudades o poblaciones sumamente alejadas de su residencia habitual y en lugares físicos, donde no eran atendidos por ningún profesional de la salud, exigiéndoseles en términos de diez (10) días que virtualmente elevaran historias clínicas actualizadas, hecho este imposible de cumplir, agravándose la situación al intimarse a ciudadanos que tienen CUD (Certificado Único de Discapacidad), o menores de edad, o casos donde la invalidez era indubitable. Por ello, se solicitó a todos aquellos que aún no hayan cumplido con la presentación de los antecedentes médicos requeridos por la ANDIS, que hagan uso de esta prórroga y hacer entrega de los mismos ante las Oficinas de la ANSES en nuestra provincia, pudiendo también concurrir a la Sede de la Defensoría del Pueblo ubicada en Padre Patiño Nº 831, donde serán asesorados y acompañados debidamente.
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