27-02-2025 | Formosa

ATENCIÓN A PACIENTES TEA, TGD, CON DISCAPACIDAD Y ADULTOS MAYORES







-Intiman a Obra social a eliminar barreras burocráticas, así como a que se continúe capacitando al personal en las atenciones de urgencias-
En el día de la fecha, el joven de veintitrés años con Trastorno Generalizado del Desarrollo (TGD) y retraso mental severo, el cual el día domingo pasado, ingresara a la guardia de emergencia del Hospital Central, aproximadamente a las 1:00 de la madrugada, para luego ser derivado, el lunes 24 al mediodía, a la Clínica Vrsalovic, de la cual fue dado de alta en horas de la mañana de este jueves 27, para que continúe con un tratamiento domiciliario, al haberse atragantado con alimentos varios, conforme lo expresara su madre Roxana Barreto, ante la Defensoría del Pueblo de la Provincia. Organismo al cual acudió, toda vez que la Obra Social del Servicio Penitenciario Federal (SPF) que posee el joven por ser su padre (S.D.R.) quien trabaja actualmente en el Penal de Ezeiza, no le autorizaba la medicación prescrita por la profesional tratante, dado que la prescripción no se realizó en el recetario preimpreso por parte de la prestaría de salud, por lo cual se debió recurrir a otro facultativo del sector público de la provincia, quien colaboró en cumplir con la formalidad exigida, a fin de que el paciente no interrumpa su tratamiento, con las consabidas complicaciones que ello le acarrearía. En cuanto a su progenitor, se impulsarán todas las acciones judiciales necesarias por ante el Tribunal de Familia, para que el mismo cumpla acabadamente con sus obligaciones alimentarias. Desde el Organismo de la Constitución, la -Dirección de Salud y Medicamentos-, señaló que las imágenes hechas públicas por diversos medios y que además fueron viralizadas por las redes sociales, en las cuales se observa al paciente amarrado con vendas a una cama, corresponden al momento en que se encontraba internado en la clínica antes nombrada. Con tales antecedentes, desde la Defensoría del Pueblo, se requirió a la obra social referida, la eliminación de barreras burocráticas que entorpezcan y/o impidan el acceso a tratamientos sanitarios y/o medicamentos de sus afiliados. Así como también se solicitó al Ministerio de Desarrollo Humano que, se intensifiquen las actividades de formación, destinadas a los funcionarios y agentes de salud, tanto públicos como privados, a fin del adecuado abordaje de situaciones emergenciales, en las que se vean involucrados los pacientes con TEA, TGD, personas discapacitadas, adultos mayores y/u otros grupos de personas que, por su condición especial de salud, se encuentren en situaciones vulnerables frente a los tratamientos convencionales. Ello en el marco del estricto cumplimiento de los Protocolos Sanitarios vigentes, los cuales prevén que se lleve a cabo la contención mecánica o procedimientos utilizados para limitar la movilidad del paciente, sólo cuando sea imprescindible para salvaguardar su seguridad y la de terceros. En esta materia, el Ombudsman Provincial, Dr. José Leonardo Gialluca, en el día de la fecha, Instó al Presidente Dr. Javier Milei y al Ministro de Salud de la Nación, Dr. Mario Iván Lugones, de quien depende la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS), a que en forma inmediata, se deje sin efecto la Resolución Nº 187/25 en la que se definen las revisiones y repartos de las pensiones no contributivas a personas con invalidez, pudiendo observarse como el organismo a cargo de Diego Spagnuolo, cataloga a las personas con discapacidad como, "imbécil", "idiota" o "débil mental" en base a su coeficiente intelectual. Se fundamenta el requerimiento en que hace más de dos décadas que no se utilizan estos términos, opuestos a lo que marca la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad de las Naciones Unidas. Incluso, en un documento de 1997 (que en Argentina tiene rango constitucional) se aclaró que la discapacidad no impide trabajar pero que las personas con discapacidad enfrentan una multiplicidad de barreras y, en ese contexto, las asignaciones son necesarias. Gialluca denunció que, las palabras utilizadas son retrógradas, porque tienen que ver con un modelo ya perimido, donde no se reconoce a la persona con discapacidad como un sujeto de derecho en igualdad de condiciones, expresando el Funcionario Provincial que, el uso de estos términos, “constituyen un acto de violencia Institucional sin precedentes en el país, además de constituirse en un acto discriminatorio que muestra un profundo desconocimiento de las personas con discapacidad y de la normativa vigente en la argentina sobre cómo referirse a ellas”, es que de acuerdo a la medida publicada en el B.O. "idiota" corresponde a las edades de 0 a 30 años, "imbécil" de 30 a 50 y "débil mental profundo" de 50 a 60, también mencionándose la clasificación "débil mental moderado" de 60 a 70 años y "débil mental leve" de 70 a 90 años.



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